consejero de seguridad
Consejero de seguridad
La legislación actual en materia de transporte de mercancías peligrosas (ADR), marca la obligación de disponer de un Consejero de Seguridad en las empresas que realicen carga, descarga o transporte de mercancías peligrosas.
Simagas le puede ayudar ofreciéndole posibilidad de disponer de este Consejero de Seguridad subcontratando sus servicios.
Funciones del consejero de seguridad
Las funciones del Consejero de Seguridad adaptadas a las actividades de la empresa serán:
- Examinar que se respeten las disposiciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.
- Asesorar a la empresa en las operaciones referentes al transporte de mercancías peligrosas.
- Redactar un informe anual destinado a la dirección de la empresa o, en su caso, a la autoridad pública local, sobre las actividades de esta empresa relativas al transporte de mercancías peligrosas.
- Elaborar y vigilar el cumplimiento de prácticas y procedimientos.
Prácticas y procedimientos: elaboración y vigilancia
Los procedimientos encaminados a la observancia de las reglas sobre identificación de las mercancías peligrosas transportadas.
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Los procedimientos de la empresa sobre la valoración de las necesidades específicas relativas a las mercancías peligrosas, en la adquisición de los medios de transporte.
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Los procedimientos que permitan comprobar el material utilizado para el transporte de las mercancías peligrosas o para las operaciones de carga o descarga.
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La adecuada formación de los empleados afectados de la empresa, incluyendo los cambios en la reglamentación, y el mantenimiento de los registros de dicha formación.
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La aplicación de procedimientos de urgencia apropiados en caso de accidentes o incidentes que puedan afectar a la seguridad durante el transporte de mercancías peligrosas o durante las operaciones de carga o descarga.
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La realización de análisis y, en caso necesario, la elaboración de partes sobre los accidentes, incidentes o infracciones graves que se hubieren comprobado en el curso del transporte de mercancías peligrosas, o durante las operaciones de carga o descarga.
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La aplicación de medios adecuados para evitar la repetición de accidentes, de incidentes o de infracciones graves.
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La observación de las disposiciones legales y la consideración de las necesidades específicas relativas al transporte de mercancías peligrosas en lo referente a la elección y utilización de subcontratistas o terceros participantes.
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La comprobación de que el personal encargado del transporte de las mercancías peligrosas o a su carga o descarga dispone de procedimientos de ejecución y de consignas detalladas.
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La realización de acciones de sensibilización a cerca de los riesgos relacionados con el transporte de las mercancías peligrosas o a la carga o la descarga de dichas mercancías.
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La aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la presencia, a bordo de los medios de transporte, de los documentos y de los equipos de seguridad que deben acompañar a los transportes, y la conformidad de estos documentos y de estos equipos con la normativa.
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La aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la observación de las reglas relativas a las operaciones de carga y descarga.
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